El porque de este blog

El porque de este blog

En este blog editado por un peronista, kirchnerista, se puede encontrar una serie de post que abordan temas que creo son universales, mas allá de las particularidades propias de cada país.
Por sobre toda las cosas, a lo largo de todas mis humildes notas, apunto a mostrar la forma en que se comportó el Gobierno kirchnerista con respecto a la economía y también como se comporta la oposición, tanto mediática como política. Espero estar logrando ese cometido, de todos modos, todos los post están abiertos a comentarios que no son de ninguna manera moderados, son aceptados en su totalidad, por la simple razón de respetar a rajatabla la libertad de expresión y aclarar todas las dudas que los lectores puedan tener.
Aclaro que no soy funcionario del Gobierno Argentino, ni estoy pago por el Kirchnerismo, solo soy un trabajador empleado en el rubro hotelería, que apoya de manera clara y de frente las políticas aplicadas por Cristina Fernández de Kirchner.
Como debe ser: diciendo desde donde uno habla.
Por que la objetividad no existe, su "existencia" es pantalla de corruptos partidarios de ajustes criminales.
Porque la economía solo tiene dos maneras de ser manejada: desde las clases dominantes o desde las clases dominadas.

lunes, 19 de diciembre de 2011

Como nos miente y manipula Clarín



El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal.

El diario utiliza este muy importante artículo de la CN como “prueba” de que la Ley de democratización del papel prensa es para atacar y para controlar a la prensa “independiente”. Por supuesto que el diario ni los constitucionalistas consultados hacen referencia, para nada, al articulado de la Ley. 

Por ejemplo: • Se crea la Comisión Bicameral de Seguimiento de la Fabricación, Comercialización y Distribución de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios, que tendrá el carácter de comisión permanente.
 
Este artículo deja perfectamente claro que el control que la Ley crea queda en manos del Congreso, con la oposición incluida, por supuesto, y no en el PE.

Sigamos: • Se crea la Comisión Federal Asesora para la Promoción de la Producción y Uso Sustentable de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios, cuya función será la de asistir y asesorar a la Autoridad de Aplicación.
• Dicha Comisión estará integrada por un representante de los diarios de cada una de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires que no participen en forma directa o indirecta en la producción de papel para diarios o de alguno de sus insumos estratégicos, más dos representantes de organizaciones de usuarios y consumidores y tres por los trabajadores.

Esta comisión, será la encargada de asesorar y controlar a la Autoridad de Aplicación, que será el Ministerio de Economía, que además tiene que rendir cuentas al menos una vez al año al Congreso. ¿Será que Clarín y Nación no confían en la honestidad y transparencia de más de mil diarios que integraran dicha Comisión? ¿Con que argumentos se dice que se está atacando a la libertad de prensa? ¿Garantizar que todos los diarios del país, incluidos Clarín y La Nación, tengan el papel para salir a la calle es hacer censura?

Leamos: • La Comisión Federal Asesora (todos los diarios del país) estimará, trimestralmente, las necesidades de importación de pasta celulosa y de papel para diarios, a fin de asegurar el abastecimiento pleno del mercado local.
Mas: • Se deberán atender, sin discriminación de ningún tipo, todas aquellas solicitudes de abastecimiento para las que exista stock o capacidad de producción no comprometida.
 
Sin discriminación, esto es, nada de cupos.

Un poquito más: • La Comisión analizará la situación y la evolución del mercado interno y local de papel para diarios y las condiciones comerciales y de acceso del insumo en el mercado local; controlará y realizará el seguimiento de aplicación de la cláusula de acceso y precio igualitario del citado insumo.

Nada de cupos, y el mismo precio para todos, para uno que tira 3000 ejemplares como para uno que tira 200.000. Es un verdadero ataque… al monopolio. Esta Ley garantiza la libertad de expresión, libertad que fue siempre violada por el monopolio a través de los cupos y el precio diferenciado, utilizados para competir con ventajas indescontables, apretar y fundir a los medios del interior y de esa manera comprarlos, y encima, por monedas.

Por supuesto que Clarín tampoco dice nada sobre los  Artículos 33 y 42, que aquí transcribo:
Artículo 33- Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución, no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados; pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno.

Disponer de suministro asegurado por Ley de papel para poder editar diarios es un derecho inalienable, no puede estar sujeto al arbitrio de nadie, y mucho menos en manos de empresarios que obtuvieron ese monopolio de una dictadura genocida, como es el caso de Papel Prensa, dictadura a la que apoyaron abiertamente, sin ningún pedido de perdón a la Nación, víctima de ese proceso criminal y de los manejos monopólicos que derivaron de la obtención, ilegal, de esa empresa. 

Artículo 42- Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.
Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios.
La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.
(El remarcado en negrita me pertenece.)

Incluyo dos  pequeños comentarios sobre los artículos 32 y 33 que saqué del siguiente link:
http://html.rincondelvago.com/constitucion-nacional-argentina.html

ARTICULO 32: tiene estrecha relación con el “derecho de publicar las ideas sin censura previa, reconocido por el artículo 14. Es una forma de la libertad de expresión, consiste en la facultad de todo individuo de manifestar su pensamiento en forma pública y por los diversos medios de comunicación sin que el Estado pueda impedir o dificultar su difusión. Se llama censura previa al control por parte del Estado de un texto o mensaje cualquiera antes de ser dado a publicidad. La Constitución prohíbe expresamente esa limitación a la libertad. Prohíbe al Congreso a reglamentar el derecho de libertad de prensa. Esto no significa que la libertad de prensa sea un derecho absoluto, ya que si se comete un delito por medio de la prensa, este delito debe ser sancionado por el juez que corresponda. 

ARTICULO 33: este artículo es conocido como el de los “derechos implícitos”, el cual establece que la Constitución reconoce no sólo los derechos y garantías expresamente mencionados (artículos 14, 15, 18, 20, etc.) sino que también cualquier otro no mencionado que surja del principio de la soberanía popular y de la forma republicana de gobierno. El objeto es limitar el poder del gobierno, haciéndole presente que tiene obligación de respetar los derechos de los habitantes, aún cuando no estén enumerados expresamente en el texto constitucional. Entre dichos derechos podemos nombrar:
-         derecho de reunión, que supone la libertad de los individuos de dialogar, discutir, exponer sus ideas, participar en debates, etc.,
-         derecho a la vida, a la dignidad y al honor.

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